Oscar Triana, integrante del Despacho de Abogados, que ha asumido recientemente la defensa de Patricia Azócar, presidenta del Grupo Exclusiva, señaló que existen diversas irregularidades en el proceso que se le sigue a su defendida, al tiempo que enfatizó que “no es ninguna estafadora” y ratificó que “no se puede utilizar al sistema de justicia penal para cobrar una presunta deuda”.
El abogado sostuvo que no se explica qué es lo que ha acontecido, pues en el proceso que se le sigue a Azócar se estaría dando un gran salto atrás en el sistema normativo, “cuando se priva de la libertad a una persona por una presunta deuda, situación proscrita en todas las legislaciones del mundo”.
El profesional del derecho explicó que ninguno de los hechos denunciados constituyen delitos y por el contrario, todo lo que está aconteciendo “no es más que una flagrante y grosera violación del Principio de Intervención Mínima del Derecho Penal y, concretamente, del principio de subsidiariedad, en virtud del cual este ha de ser la ultima ratio, es decir, el último recurso que se debe emplear a falta de otros mecanismos menos lesivos, como son los establecidos en el Derecho Civil o en el Derecho Mercantil como fundamento de las soluciones a los conflictos que surgen entre los particulares, según lo ha establecido de manera reiterada la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (Nº 1676 de fecha 03-08-07, Magistrado-Ponente Dr. Francisco Antonio Carrasquero López)”.
Explicó que el propio denunciante, identificado como Ramón Carrasco, señala que, presuntamente, entre el 13 de abril y el 10 de agosto del año pasado habría entregado a Patricia Azócar y a su esposo, Henry Parada, la cantidad de 95 mil dólares “en calidad de préstamo” a interés mediante transferencias realizadas entre cuentas bancarias del exterior, con la presunta obligación de devolver 200 mil en el mes de septiembre del mismo año 2018, lo cual no se habría materializado; y además admite que son socios en la empresa de publicidad Publigespro.