Durante las últimas semanas las agencias noticiosas se han hecho eco de la situación irregular que ha vivido la Embajada de Venezuela en Washington ya que miembros del grupo CODE PINK, asociación civil norteamericana cuya función de acuerdo a su página web es la de …
“end U.S. wars and militarism, support peace and human rights initiatives, and redirect our tax dollars into healthcare, education, green jobs and other life-affirming programs” (terminar las guerras norteamericanas, guerras y prácticas militaristas norteamericanas, apoyar las iniciativas de paz y derechos humanos y redirigir los impuestos a la salud, educación, empleos verdes y programas sociales) a través de acciones descritas como …
“with an emphasis on joy and humor, our tactics include satire, street theatre, creative visuals, civil resistance, and directly challenging powerful decision-makers in government and corporations” (Con énfasis en la dicha y el humor, sus tácticas incluyen sátira, teatro de calle, proyecciones visuales creativas, resistencia civil y retar directamente las decisiones de los gobiernos y las corporaciones.) han ocupado esta sede en defensa, según ellas, de los intereses venezolanos.
Ahora bien, esto hace que me surja una interrogante en cuanto a las acciones tomadas. ¿Por qué una Asociación Civil norteamericana, con sede en los Estados Unidos y no nacional venezolana se siente con la autoridad de establecerse de manera indefinida en la sede de otra nación y aun así decir que están haciéndolo para exigir que se respeten las normas de derecho internacional público? Veamos un poco esto.
La Convención de Viena sobre las Relaciones Diplomáticas establece en su artículo 22 la inviolabilidad de las Misiones Diplomáticas y que los agentes del Estado receptor no pueden penetrar en ellos sin consentimiento del jefe de la misión además de tener el deber de proteger los locales de toda intrusión o daño y evitar que se turbe la tranquilidad de la misión o se atente contra su dignidad. ¿Cómo es que ningún agente de un estado receptor puede penetrar sin consentimiento y un grupo de personas naturales sí?
Desde el mismo momento en que Estados Unidos desconoce la administración de Maduro y reconoce a Guaidó como presidente y se encontraba esperando el nombramiento de su representante diplomático, Code Pink aprovechó para establecerse en la embajada de Venezuela, organizar fiestas y dormir allí argumentando que estaban defendiendo la soberanía nacional y el gobierno de Nicolás Maduro. Pero ¿bajo cual premisa jurídica internacional siente Code Pink que puede establecerse en un lugar que representa la sede soberana de otra nación y aun así sentirse que no están cometiendo delito de invasión?
Al parecer existe una especie de estrategia conveniente con respecto a este caso que aun no estamos viendo. De hecho, si, podríamos afirmar que sí. Que Code Pink hace todo desde la sátira y el buen humor; basta leer la noticia de este 16 de mayo donde Maduro declaraba que …
“Han violado el recinto de la embajada» … “Donald Trump es responsable a la luz del derecho internacional de esta grave violación, no solo legal sino moral»… y continúa exponiendo … “»Es una verdadera locura y así lo denuncio ante el mundo … Debe respetarse la inmunidad y el espacio territorial de la embajada de Venezuela» (fuente: https://ecodiario.eleconomista.es/global/noticias/9880697/05/19/Maduro-denuncia-violacion-de-embajada-de-Venezuela-en-EEUU.html)
Habría que explicarle a quienes apoyan esta teoría. Fundamentalmente, entender que Estados Unidos rompió relaciones diplomáticas “No” con el estado venezolano, al contrario, ha roto relaciones diplomáticas con la administración de Maduro.
Al estar estableciendo relaciones diplomáticas con la administración de Juan Guaidó Estados Unidos puede establecer mecanismos para proteger las sedes diplomáticas de sus países socios. Y dependerá directamente de las decisiones y la forma en la cual se manejen las relaciones bilaterales Venezuela – Guaidó Estados Unidos – Trump la dinámica de esas embajadas.
Por otro lado, la pregunta es ¿Por qué Nicolás Maduro denuncia un atentado contra la integridad territorial de la embajada venezolana, pero ha permitido el ingreso de una asociación civil para que pernocte en la sede? En este caso, es la propia administración de Maduro la que atenta contra su propia inmunidad diplomática.
De hecho, en el propio artículo 1 de la Convención de Viena te indica quienes y qué son figuras de las misiones diplomáticas. Está el jefe de la misión, los miembros de la misión, los miembros de la misión y personal de la misión y los servicios administrativos. Por lo tanto ¿Cuenta Code Pink con alguna acreditación que le permita participar de manera activa dentro de la Sede de la Misión Diplomática Venezolana?
Independientemente de lo que los miembros de Code Pink puedan decir. Cualquier acción ejercida contra la sede diplomática de un país es considerada un acto de agresión. De hecho, ya en Marzo del presente año, ya el gobierno a través del Canciller Jorge Arreaza había dicho que…
“El Gobierno Bolivariano denuncia la ocupación forzosa e ilegal de algunas de sus sedes diplomáticas en Estados Unidos en franca violación de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas. Las autoridades de EEUU deben corregir esta situación irregular de inmediato” … haciendo referencia a las oficinas consulares. Lo irónico es ¿Lo que está haciendo Code Pink no es lo mismo solo que estos son afectos a la administración?
Ya que considero que estamos ante la misma situación, una clara violación de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y Consulares, será cuestión de tiempo en que se pueda considerar que esta asociación está ejerciendo una ocupación forzosa e ilegal de una oficina de representación de los intereses de la población venezolana.
MSC: Corina Helena Cortés Oliveros
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